RD 933/2021, DE 26 DE OCTUBRE, REGISTRO DE VIAJEROS
Estimados clientes,
En aplicación del Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor, desde el pasado 2 de diciembre de 2024, es obligatorio por parte de los establecimientos de hospedaje radicados en España recabar datos de los viajeros y comunicarlos por vía telemática al departamento de la Secretaría de Estado de Seguridad dependiente del Ministerio del Interior.
Según lo expuesto en dicha norma, la recogida y comunicación de dichos datos tiene como finalidad la prevención de los delitos de terrorismo y otras modalidades de crimen organizado. Ud. como viajero puede dirigirse al Ministerio del Interior para formular quejas o reclamaciones en relación al tratamiento de estos datos. Para ello deberá cumplimentar el formato electrónico que se habilita accediendo a través del siguiente enlace: